Integra, valida y conserva la identificación de cada cliente, revísalo contra las listas restringidas antes de aceptarlo y registra sus operaciones: la plataforma te dice cuándo nace la obligación de identificar y cuándo la de avisar. Sin carpetas de papel, sin hojas de cálculo y sin depender de la memoria de nadie.
La regulación se endureció. La reforma a la Ley Antilavado (DOF 16/07/2025) subió la conservación a 10 años y las nuevas Reglas de Carácter General (Acuerdo 115/2026) son exigibles por etapas a partir del 1 de marzo de 2027. Tener los expedientes ordenados y con evidencia deja de ser opcional.
Inmobiliarias, desarrolladores, casas de empeño, joyerías, agencias de vehículos, blindadoras, arrendadores, donatarias, activos virtuales y prestadores de servicios profesionales: todos deben identificar a su cliente, documentarlo y conservarlo. En una visita de verificación no cuenta lo que hiciste, sino lo que puedes demostrar.
Documentos en correos, carpetas compartidas y escritorios; nadie sabe con certeza a quién le falta qué.
La credencial venció hace meses y el expediente quedó desactualizado sin que nadie lo notara.
Se consultó al cliente, pero no quedó constancia de cuándo, con qué versión de la lista ni con qué criterio se descartó.
Esto es lo que la plataforma resuelve, obligación por obligación, y lo que no. Sin exageraciones.
| Obligación | Referencia | Qué hace la plataforma |
|---|---|---|
| Identificar y conocer al cliente, y recabar copia de sus documentos oficiales | Art. 18, fr. I | Expediente único por cliente persona física o moral, con checklist de documentos configurable, validación documento por documento y todas las versiones guardadas. |
| Conocer la actividad u ocupación del cliente | Art. 18, fr. II | Datos generales, actividad económica, RFC y constancia de situación fiscal dentro del mismo expediente. |
| Identificar al beneficiario controlador | Art. 18, fr. III | Captura estructurada del beneficiario controlador: participación del 25% o más, control por otros medios o alta dirección, con la cadena de titularidad y el procedimiento con el que se le identificó. No se borra nunca: al dejar de serlo queda con su motivo y su fecha. |
| Custodiar y conservar la información, sin destruirla ni ocultarla | Art. 18, fr. IV | Resguardo de 10 años, baja controlada que la plataforma impide antes de tiempo, y archivos que nunca se sobrescriben: cada reemplazo crea una versión nueva con su huella SHA-256. |
| Dar facilidades para las visitas de verificación | Art. 18, fr. V | Rol de Auditor de solo lectura, descarga del expediente completo en un archivo, bitácora consultable y constancias verificables por la autoridad. |
| Evaluar con enfoque basado en riesgos | Art. 18, fr. VII | Matriz de riesgo configurable —factores de cliente, geografía, producto, canal, transaccionales y mitigantes— que calcula el nivel en lugar de dejarlo a criterio. Revisión programada cada seis meses, historial de cambios, tablero de la cartera y bloqueo de expedientes bajo investigación. |
| Revisar al cliente contra listas restringidas y sancionadas | Debida diligencia | Revisión con semáforo contra las listas oficiales que importes (SAT 69, 69-B, 69-B Bis, ONU, OFAC u otras), con reporte en PDF que se adjunta al expediente como evidencia. |
| Conocer los umbrales de tu actividad y saber cuándo nace cada obligación | Art. 17 y 18, fr. VI | Catálogo cargado de las 16 fracciones del artículo 17 más la V Bis, con sus umbrales de identificación y de aviso. El valor de la UMA se guarda por año y se aplica el vigente en la fecha de la operación, no el de hoy. |
| Sumar los actos del mismo cliente en seis meses | Acumulación | Cada operación se evalúa por su monto y, además, sumada con las anteriores del mismo cliente en la ventana de seis meses. Es el caso que a mano se escapa: varias operaciones que por separado no llaman la atención pero juntas rebasan el umbral. |
| Contar con un Manual y darlo a conocer al personal | Art. 20 | El Manual se resguarda versionado, con su huella SHA-256, y cada persona del equipo registra su acuse de lectura con fecha, hora e IP. Mientras alguien lo tenga pendiente, la plataforma lo lleva a esa pantalla. Se puede adjuntar además la declaración firmada. |
| Capacitar al personal cada año y conservar la evidencia | Art. 20 | Cursos por ciclo anual con resultado persona por persona —asistencia, calificación, si acreditó y su constancia—, y el aviso de a cuánta gente le falta acreditar el año en curso. |
| Someterse a auditoría y atender sus hallazgos | Programa de cumplimiento | Resguardo del dictamen y seguimiento de cada hallazgo con responsable y fecha compromiso. Los vencidos se marcan, y un hallazgo no se cierra sin describir la evidencia con la que se subsanó. |
No presenta los avisos ante la UIF ni realiza el alta en el padrón: eso se hace con e.firma en el portal de la autoridad. La plataforma te dice cuándo nace la obligación, lista lo pendiente y guarda el acuse cuando lo presentas. Tampoco consulta por ti la aplicación Consulta PEP 2.0 —requiere e.firma, aquí se resguarda la evidencia de que la consultaste—, no redacta tu Manual ni realiza la auditoría: esos los hace tu abogado, tu consultor o tu auditor, y la plataforma los resguarda y les da seguimiento.
La matriz de riesgo y la tabla de umbrales vienen cargadas como punto de partida verificable, pero quien lleve tu cumplimiento debe revisarlas y hacerlas suyas. Nada de esto sustituye la asesoría legal ni garantiza por sí solo el cumplimiento de tus obligaciones.
Sin módulos que se cobran aparte: esto es lo que recibes desde el primer día.
Busca al prospecto por nombre y RFC en las listas restringidas. Si sale rojo o amarillo, lo revisas y documentas tu criterio antes de abrir el expediente.
Eliges el tipo de cliente y capturas sus datos. La plataforma genera el folio y el checklist de documentos que le corresponde.
Tu equipo carga los documentos o el cliente los sube desde su portal. El Oficial de Cumplimiento valida o rechaza con motivo, y el estado se actualiza solo.
Calculas el riesgo con la matriz, envías el contrato a firmar con e.firma y emites la constancia. Queda registrado quién, cuándo y con qué criterio.
Registras cada operación del cliente y la plataforma te dice si obliga a avisar, sumando también lo acumulado en seis meses. Todo queda en la bitácora y se conserva 10 años.
Un expediente PLD contiene identificaciones, domicilios y datos financieros. La plataforma está construida en consecuencia.
No, pero sí te dice cuándo tienes que presentarlos. Registras la operación y la plataforma la compara con los umbrales de tu actividad —incluida la acumulación de seis meses— y te la marca como pendiente de avisar. La presentación se hace con e.firma en el portal de la autoridad, y al hacerla registras aquí la fecha y el folio del acuse como evidencia. El alta en el padrón funciona igual: la tramitas tú, la plataforma resguarda el acuse.
Trae cargadas las 16 fracciones del artículo 17 más la V Bis, cada una con su umbral de identificación y de aviso. Solo marcas cuáles realiza tu empresa. Como la ley fija los umbrales en UMA y su valor cambia cada año, la plataforma lo guarda por año y aplica el vigente en la fecha de la operación — una operación de enero se evalúa con el valor del año anterior, porque la UMA nueva entra en vigor hasta el 1 de febrero.
Viene una matriz base para que puedas trabajar desde el primer día, con factores de cliente, geografía, producto, canal, transaccionales y mitigantes. Pero la metodología es tuya: desactivas lo que no aplique, ajustas ponderaciones y defines los umbrales de cada nivel. Quien lleve tu cumplimiento debe revisarla, hacerla suya y documentarla en tu Manual.
El Manual lo redacta tu abogado o consultor, fuera de la plataforma. Aquí se resguarda versionado y, sobre todo, se prueba que tu equipo lo conoce: cada persona registra su acuse de lectura y, mientras no lo haga, la plataforma la lleva a esa pantalla. La capacitación anual se registra curso por curso con el resultado de cada quien y su constancia, y el sistema te dice a cuánta gente le falta acreditar el año.
Contra las que tú importes: los listados del SAT (69, 69-B y 69-B Bis), ONU, OFAC o cualquier otro archivo oficial que descargues. Cada importación queda versionada con su fecha y su huella, así que siempre puedes demostrar contra qué versión revisaste.
No es obligatorio. Puedes trabajar todo internamente y, si te conviene, invitar al cliente para que él suba sus documentos y corrija los rechazados.
Sí. Los tipos de expediente, los tipos de documento y el checklist son configurables desde la plataforma, sin programar y sin costo por cambio.
No. Funciona desde el navegador, en computadora, tableta o celular. Puede operarse en la nube o dentro de tu propia infraestructura.
Es una sesión en línea donde recorremos la plataforma con datos de ejemplo, la aterrizamos a tu actividad vulnerable y resolvemos tus dudas. Sin costo y sin compromiso.
Cuéntanos a qué se dedica tu empresa y te mostramos cómo quedarían tus expedientes. Te respondemos el mismo día hábil.